viernes, 20 de diciembre de 2019

Reconocimiento años de antigüedad laboral

La antigüedad laboral es el término que se le da al reconocimiento del hecho consistente en la prestación de servicios personales y subordinados por un trabajador a un patrón. Mientras dure la relación contractual, es decir, se refiere a la duración del empleo o servicio prestado por parte de los trabajadores.
En este artículo de Abogados de accidentes te contamos cuáles son los beneficios por años de antigüedad laboral, aunque si tienes más dudas, completa el formulario de nuestra página web para que un experto te contacte.

¿Puede haber preferencia para los trabajadores con mayor antigüedad para ocupar las nuevas vacantes?

Sí, las vacantes definitivas. Las provisionales con duración mayor de treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertos por el trabajador que tenga la categoría o rango inmediato inferior, así como mayor capacitación, demuestre mayor aptitud, acredite mayor productividad y sea apto para el puesto.

¿Pueden rescindir me de mi empleo si llevo más de 20 años trabajando?

Si tienes más de veinte años laborando en tu empleo y el patrón decide prescindir de tus servicios, lo podrá hacer si has incurrido en alguna de las causas de rescisión de la relación laboral que contempla la ley del trabajo y siempre que esta sea particularmente grave o que haga imposible su continuación. Pero se le impondrá al trabajador la corrección disciplinaria que corresponda, respetando los derechos que deriven de sus años de antigüedad laboral.

¿Cómo se fija la prima de antigüedad?

El montante de la prima de antigüedad debe determinarse con base al el salario que percibía el trabajador al momento en que terminó la relación laboral, por renuncia, muerte, incapacidad o jubilación.
La prima de antigüedad consiste en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios.
De acuerdo a la Ley, la prima de antigüedad se deberá pagar a los trabajadores que se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido, por lo menos, quince años de servicios. De igual forma, esta prestación se debe de pagar a los empleados que se separen de su trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la circunstancia del despido.
Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se considerará lo siguiente:
  • Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro.
  • Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje.
  • Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor número de años de antigüedad laboral y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores.
  • En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas que establezca la ley.
  • La prima de antigüedad se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda.

1 comentario:

  1. ¿Te interesan las subastas seguridad social?
    Comparto algunos tips:
    - Las subastas las convoca el Director Provincial de la Seguridad Social en el tablón de anuncios de la dirección provincial o en el BOE(dependiendo de la cuantía).
    - Existen un gran número de mitades indivisas en subasta, lo que suele acabar en manos del cónyuge no ejecutado por precio bajo, ya que no suele haber muchos interesados en adquirir la mitad indivisa de un piso de cincuenta metros.
    - Este tipo de subastas suelen estar igual de bien gestionadas que las de Hacienda, son rápidas y de gestión eficaz.
    - Las subastas de la Seguridad Social se hacen mediante entrega de sobre cerrado con justificante de transferencia del depósito(25%) ó cheque bancario nominativo del mismo porcentaje.

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